Gracias a la directriz ministerial DM-SM-739-2016, el Ministerio de Salud podrá otorgar financiamientos a proyectos atinentes a la “Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos de la salud” con recursos provenientes de dicha ley.
El Ministerio de Salud, en cumplimiento del rol rector de la producción social de la salud, con este instrumento ordenó los mecanismos para brindar financiamiento de acuerdo con requisitos de admisibilidad y criterios de priorización.
Lo anterior para cumplir con los objetivos de la Ley 9028 como por ejemplo el de fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento a las generaciones presentes y futuras de los riesgos atribuibles al consumo de productos elaborados con tabaco y por la exposición al humo de tabaco.
Los proyectos propuestos se someterán a un proceso de clasificación para su ordenamiento lógico y sistemático.
Dentro de los criterios se destaca estar alineados con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Sectorial Salud Nutrición y Deportes, planes incorporados en otras instituciones públicas, privadas, organizaciones no gubernamentales, otros actores sociales que revistan de importancia al proyecto.
Además, los proyectos deben contemplar un impacto significativo, tanto cualitativo (calidad de vida) como cuantitativo (número de personas beneficiadas).
Todos los proyectos deben contar con un Gestor de Proyectos en Salud, el cual debe ser Profesional en Promoción de la Salud y estar debidamente colegiado.
Asimismo, se deben publicar los resultados e impacto de cada proyecto.
Para más información, dirigirse a la Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional del Ministerio de Salud, para mayor información el medio oficial de comunicación es el correo electrónico: proyectosley9028ms@misalud.go.cr.