El Ministerio de Salud, mediante Decreto ejecutivo No. 39.986-S, estandariza el uso de las terapias con células madre adultas con fines regenerativos, a establecimientos públicos y privados que cumplan con los requisitos establecidos en dicho decreto.
De ahora en adelante, los establecimientos aplicarán estas terapias con base en criterios estandarizados, de forma homogénea, por el Ministerio de Salud con la oficialización de este Decreto.
Dentro de los criterios se incluye una justificación científicamente razonada de las posibilidades de éxito del tratamiento, justificación de su uso comparado con tratamientos ya existentes y un plan de seguimiento clínico y de registros para asegurar la efectividad y los efectos adversos de la terapia celular; entre otros requisitos.
Se regulará aquellas terapias con células madre adultas para uso autólogo exclusivo (para uso del mismo paciente), con fines regenerativos.
“La terapia con células madres es un tratamiento celular para reemplazar o reparar células dañadas de pacientes. Las células madre podrían introducirse en la sangre, trasplantadas directamente en el tejido dañado, o reclutadas de los tejidos del propio paciente para su autoreparación, con fines regenerativos”, según expone el Decreto.
El Ministerio solicita a los establecimientos, tanto públicos como privados, interesados en aplicar esas terapias a acudir al Área Rectora más cercana para proceder con el trámite correspondiente.