La preocupación de una Trabajadora Social del Hospital San Vicente de Paul por el bienestar de un adulto mayor de 86 años y abandonado por su familia fue escuchada por la Sala Constitucional, pues declaró con lugar el recurso de amparo presentado contra el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam) por no realizar las gestiones pertinentes para ubicar en una institución dedicada al cuido de personas adultas mayores al amparado.
Con este fallo de la Sala IV se confirma que el adulto mayor tiene derecho a gozar de una adecuada calidad de vida en una institución que satisfaga sus necesidades básicas al lado de personas de su mismo grupo etario y lejos de centros hospitalarios donde corren riesgo de contraer enfermedades
“Es importante reiterar la obligada intervención estatal en materia social, en la que ha de actuar a favor de aquellos sectores especiales de la población y reiterar que el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales estipula en su artículo 17 que toda persona tiene derecho a la protección especial durante su ancianidad, por lo que los Estados parte (y entre ellos Costa Rica) se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica y en particular a proporcionar instalaciones adecuadas, alimentación y atención médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismas”, reza en el comunicado de la Sala Constitucional.
La Ley Integral para la persona adulta mayor dispone que el Conapam es la institución pública rectora en materia de adulto mayor y que entre sus fines está velar por el funcionamiento adecuado de los programas y servicios destinados para este grupo vulnerable. Además debe proteger y fomentar sus derechos, debe preocuparse por la adecuada accesibilidad a los programas y servicios existentes.
Finalmente, cabe destacar que la Sala ha reiterado en varias ocasiones que este Consejo debe ser proactivo y célere en la solución del estado de abandono de los adultos mayores.
De modo de reflexión
El envejecimiento de la población es un tema de prioridad del desarrollo social en el siglo XXI. La disminución de la mortalidad y el descenso de la fecundidad permitieron que la población viva hasta una edad avanzada.
Este proceso ocurre más aceleradamente en países como Costa Rica que tiene pronosticado que para los próximos 25 o 30 años su población mayor a los 65 años se duplique, pasando, según el Censo 2000, de un 5.6% de la población total a un 10% para el 2025. (Fuente: http://www.conapam.go.cr/origen.htm). ¿Estará usted a las puertas de su ancianidad para el 2025?