¿Es usted invisible para su Banco?

Generar un sistema financiero sano que garantice la protección y seguridad de la ciudadanía, es el objetivo de las entidades bancarias del país bajo la campaña “Conozca a su cliente”.

Pero como cliente, ¿en qué me beneficia tener o no actualizados mis datos?
Los bancos y personas tienen la obligación de cumplir con la Ley. Por tanto, las entidades bancarias tenemos el deber de solicitar la información, mientras que los ciudadanos tienen el deber de mantenerla actualizada.

Son valiosos los beneficios que se obtienen con esta campaña de actualización. Uno de ellos es la protección del Sistema Financiero Nacional, pues se le envía un mensaje claro y contundente al crimen organizado de que los bancos realizan serios esfuerzos para prevenir y detectar los delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

Al tener los datos actualizados, el usuario se garantiza mayor reconocimiento e identificación por parte de su entidad, lo cual contribuye a disminuir riesgos de fraude por cuanto el conocimiento del cliente también incrementa los niveles de seguridad bancaria.

De igual manera, con la actualización de los datos, las entidades financieras podrán  conocer mejor las características y particularidades de sus clientes, lo cual les permite ofrecer servicios y productos de calidad, “hechos a la medida”.

Para cumplir con este requisito, los usuarios ya sean físicos o jurídicos, deben cumplir con los siguientes requisitos:

En el caso de Personas físicas deben actualizar:
1. Formulario “Conozca a su cliente”: datos personales como teléfonos, dirección electrónica, lugar de trabajo, etc.
2. Verificación de dirección mediante recibos públicos o contratos de arrendamiento.
3. Verificación de  ingresos por medio de ordenes patronales, certificaciones de un contador público o privado, declaraciones de renta o venta (en caso de que realice una actividad independiente), estados de cuenta, etc.

En el caso de personas jurídicas deben actualizar:
1. Formulario “Conozca a su cliente”: información básica de la empresa como teléfonos, dirección electrónica, actividad comercial, etc.
2. Verificación de dirección mediante recibos públicos o contratos de arrendamiento.
3. Verificación de ingresos mediante estados financieros, declaración de venta o renta, contratos comerciales, estados de cuenta, etc.
4. Certificado notarial de la composición accionaria, con vista en el libro de accionistas, para  aquellos socios con más del 10%  de las acciones de la empresa.

Evítese sorpresas y el cierre de su cuenta a final de año
El interés de los Bancos no es cerrar las cuentas de sus clientes, pero tampoco podemos eludir la obligación legal que tienen las entidades financieras de mantener actualizada la información de los mismos.

Es por esta razón, los bancos podrían tomar medidas de inactivación o cierre de cuentas en aquellos casos en los que no sea posible actualizar la información de los clientes.

Al 31 de diciembre, si usted no ha actualizado sus datos corre el riesgo de que su banco inactive o cierre sus cuentas.

Estos procesos de cierre serán debidamente notificados al cliente, para que se disponga a realizar la movilización o retiro de sus fondos.

Por lo tanto, los bancos antes de cerrar las cuentas, gestionarán el contacto con sus clientes para explicar la situación y notificar la ejecución del cierre de las cuentas.

CONSEJOR PARA ACTUALIZAR DATOS

  • En la medida de lo posible actualice la  información en los canales físicos o electrónicos debidamente certificados.
  • Preferiblemente, no proporcione información vía telefónica.
  • El trámite es personal.
  • No proporcione claves.
  • No proporcione saldos.
  • No proporcione números de tarjeta de crédito.
  • Si sus ingresos son mayores a los US$1,600.00 en promedio tendrá que actualizar sus datos 1 vez cada 3 años, salvo que exista algún cambio.

 

Deja una respuesta