Miles y variados productos agrícolas ingresan al territorio nacional procedentes de diversos países del mundo y es responsabilidad del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) realizar la inspección en los puntos de ingreso y efectuar los análisis de laboratorio para asegurarse de que los productos cumplan con los requisitos fitosanitarios, pero sobre todo que vengan libres de plagas, especialmente de las denominadas cuarentenarias, no presentes en el país, que podrían poner en grave riesgo la producción nacional.
Sin embargo, ana labor rigurosa, que no conoce horarios, feriados o fines de semana ha permitido a Costa Rica mantener un excelente estatus fitosanitario a pesar del incremento en el intercambio comercial.
Las plagas no conocen horario, por eso las inspecciones se realizan las 24 horas del día, los 7 días de la semana. El SFE cuenta con personal muy calificado y con equipo de punta para realizar los diagnósticos.
Del 2010 a la fecha, fueron confirmadas por análisis de laboratorio, solamente en el Laboratorio Central de Diagnóstico de Plagas, un aproximado de casi doscientas intercepciones de plagas cuarentenarias que venían en material vegetal, productos agrícolas de importación o medios de transporte.
La mayoría de plagas fueron detectadas en productos como manzanas, uvas, duraznos, ajos, peras, naranjas, cerezas, mandarinas, kiwis, higos, nísperos, cebolla y chile dulce, así como en plantas ornamentales y medios de transporte aéreo, explica Guillermo Sibaja, jefe del Laboratorio Central de Diagnóstico de Plagas.
Mediante la labor en los puntos de ingreso y el diagnóstico que se realiza en el laboratorio se pretende prevenir la introducción y posterior diseminación de plagas y enfermedades cuarentenarias a través del flujo de pasajeros y comercio de mercancías.
En el Laboratorio Central de Diagnóstico de Plagas se realizan los análisis para determinar si se trata de una plaga cuarentenaria para el país, de manera que los funcionarios destacados en el punto de ingreso cuenten con el respaldo técnico necesario que les permite la aplicación de las medidas dirigidas a impedir el ingreso de la mercadería, ya sea mediante reexportación al país de origen o destrucción del producto.