Fortalecen acciones para combatir el tráfico de pólvora

Los cuerpos policiales del Ministerio de Seguridad Pública anuncian el incremento de acciones operativas para evitar el tráfico y la comercialización de pólvora sin permiso alguno y que podría conllevar a quemaduras de consideración, especialmente en menores de edad.

Por ello, paralelamente a los patrullajes en las localidades fronterizas, los cuerpos policiales de Seguridad Pública también están intensificando los controles de carreteras en todo el país, además de aprestarse a la supervisión de los expendios de pólvora permitida, que legalmente se establezcan este fin y principio de año.

Se estará ejerciendo un estricto control sobre las ventas ilegales de pólvora, para lo cual la Institución solicita el apoyo ciudadano a fin de que denuncien al sistema de emergencias 9-1-1 a quienes comercialicen artefactos explosivos, o que les vendan pólvora de cualquier tipo a menores de edad.

Y es que, a la fecha, la Dirección de Armamento de Seguridad Pública ha entregado 309 permisos para venta de pólvora. Los permisos son válidos desde las cero horas del primero de noviembre del año dos mil dieciocho y se prolongan hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de enero del año dos mil diecinueve no siendo susceptible de prórroga automática. Cualquier persona que expenda pólvora fuera de este lapso está cometiendo un delito por vender pirotecnia sin permiso.

Ley contempla penas de hasta seis años de prisión a quienes introduzcan al país pólvora explosiva de manera ilegal
Cabe indicar que la Ley de Armas y Explosivos castiga, según el artículo 93, con penas de tres a siete años de prisión la venta de pólvora a menores o a personas con alguna discapacidad, además de que impone esa misma pena a quienes adquieran, comercien, transporten, almacenen y vendan artículos explosivos sin el respectivo permiso. Incluso, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión a los representantes, apoderados, gerentes o encargados del negocio, cuyo personal realice cualquiera de las acciones tipificadas en ese artículo, siempre y cuando se compruebe que tuvieron conocimiento de esas actuaciones y no las detuvieron. Asimismo, las personas que fabriquen o introduzcan al país ilegalmente estos artículos también serán castigados con penas de hasta seis años de cárcel.

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