El registro de accionistas es un “suministro de información” que tiene como origen la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley #9416 del 14 de noviembre de 2016.
Costa Rica se ha comprometido con organismos internacionales en aras de instaurar en el ordenamiento jurídico medidas que ayuden a combatir la legitimación de capitales, el terrorismo y fomenten el intercambio de información tributaria entre países. Recordemos cuando Costa Rica fue incluida en la lista negra de países no cooperantes de la OCED.
El Banco Central de Costa Rica administrará un portal de información en donde las personas jurídicas deben reportar la identificación de la totalidad de los accionistas o de quienes ostenten participaciones sustantivas de las personas jurídicas o estructuras jurídicas y de los beneficiarios finales o efectivos, así como su composición accionaria.
El Registro de Accionistas entrará en funcionamiento en marzo del 2019 con el registro de los propietarios de personas jurídicas cuya cédula termina en cero, según lo establece la resolución conjunta firmada entre el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas.
“Es algo totalmente nuevo, no existía en Costa Rica ninguna normativa que impusiera este tipo de obligación a las personas jurídicas, de hecho este tema fue ampliamente discutido en la Asamblea Legislativa sobre si era necesaria esta información para las actuaciones pretendidas en relación con la legitimación de capitales y suministro de información tributaria”, explicó Pablo González, Director del área de Impuestos de la firma Sfera.
Quienes deben cumplir con la obligación de entregar esta información son personas jurídicas por medio de su representante Sociedades Anónimas: Presidente, Sociedades de Responsabilidad Limitada: Gerente y Subgerente, Sociedad en Nombre Colectivo: Administrador, Sociedades en Comandita: Gerente, Sucursales de Sociedades Extranjeras: Apoderado Generalísimo, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada: Gerente, Sociedades Civiles: Administradores.
El incumplimiento de esta obligación de reporte, te impone multas que ven desde los 10 salarios base, hasta los 100, en este momento el salario base para el periodo fiscal 2019 que se utiliza como referencia es ¢446.200.00.
“El comúnmente conocido como ¨Registro de Accionistas¨, técnicamente se llama ¨Registro de transparencia y beneficiarios finales¨ y la ley que lo origina se denomina Ley No. 9416, denominada Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal del 14 de diciembre de 2016, el espíritu de la norma es dar transparencia a las estructuras societarias con el fin de poder develar quien es el beneficiario final que percibe los beneficios económicos de una empresa, o que disfruta de los bienes patrimoniales de una estructura corporativa”, agregó González.
Conviene por ende revisar las estructuras corporativas, para poder optimizar la organización funcional de la empresa, y poder así hacer eficiente el cumplimiento tributario formal y material.
*La versión final de la «Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales” está pendiente de ser publicada por el Gobierno.